REMISIÓN DE CONTRTOS AL TRIBUNAL DE CUENTAS
Si la cuantia excede de los 600.000 €, deberá remitirse al tribunal de cuentas una copia certificada y un extracto del expediente. Tambien deberá comentarse al tribuanl de cuentas y organo externo de fiscalización de la comunidad Autonoma, variaciones de precio, prorrogas, importe final, nulidad....
El tribunal podrá reclamar cuantos datos considere.
Las comunicaciones se efectuarán por el órgano de contratación
En el plazo de 3 meses el órgano de contratación, responderá sobre el cumplimiento de la normativa.
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