LOUA( planes de desarollo)
Hoy empezaremos por los planes de desarollo,(art.13/14/15)
Planes Parciales de Ordenación (art 13)
Es la ordenación de un PGOU para la integracion de sectores de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable, cuando aún no disponga de dicha ordenación.
Dicha ordenación será pormenorizada y establecida con caracter potestativo, la integración no podrá suponer ni afectar negativamente a la ordenación del PGOU.
Estos planes parciales pueden referir tambien a los planes de ordenación intermunicipal
Los planes parciales de ordenación contiene las siguientes determinaciones :
- El trazado y las características de la red de comunicaciones
- La delimitación de las zonas
- La fijación de la superficie y características de las reservas para dotaciones(incluidas aparcamientos)
- El trazado y las caracteristicas de las galerías y redes propias del sector, de abastecimiento de agua.
- El señalamiento, en plan de etapas
- La evaluación económica
Los planes parciales pueden ser municipales o supramunicipales. Estos tienen por objeto:
- Desarollo de un PGOU
- Definir las caracteristicas en ausencia de un PGOU
Estudios de detalles (art 15)
Los estudios de detalles tienen por objeto completar algunas determinaciones del planeamiento en suelos urbanos reducidos, es decir definir aun mas el PGOU, planes especiales y parciales, ejemplo; Fijar alineaciones y rasantes de cualquier viario,...
En ningun caso pueden:
- Modificar el uso urbanistico
- Incrementar el aprovechamiento urbanistico
- Suprimir o reducir el suelo dotacional público
- Alterar las condiciones de la ordenación
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