CONTRATOS ADMINISTRATIVOS Y LOS CONTRATOS PRIVADOS
Los contratos del sector público pueden tener carácter administrativo o privado.
Contratos administrativos
- Obras
- Obras pública
- Gestión servicios públicos
- Suministros
- Servicios
- Los contratos artisticos o literarios no tendran caracter administrativo
- No cumplan alguno de los requisitos anteriores
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo, será el competente para resolver las cuestiones de los contratos administrativos :
- Preparación
- Adjunticación
- Efectos
- Cumplimiento
- Extinción
El orden jurisdiccional civil resolver controversias de contratos privados:
- Efectos
- Cumplimiento
- Extinción
Duración de los contratos
En el contrato deberá establecerse:
- Naturaleza de los prestaciones
- Caracteristicas de su financiación
- Necesidad de revisión de estas
Los contratos menores no seran mas de un año ni tendran opción de prorroga
Podrá hacer la obra la administración
Menos de 5.150.000 € y concurra alguno de estos requisitos:
- Tenga montadas fabricas
- Que la administración posea elementos auxiliares utilizables, cuyo empleo suponga mas 5% del presupuesto de la obra
- Sin ofertas de empresarios
- Supuesto de emergencia
- Imposible la fijación de un precio
- Haya que relevar al contratista
Libertad de pactos
Podrá incluirse lo que quieras, siempre que no sea:
- Contrato interes público
- Ordenamiento jurídico
- Contrato principio buena administración
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